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MAR, MAR 02, 2021

La reforma económica, un pendiente lleno de obstáculos en el cambio de Gobierno

La reforma económica, un pendiente lleno de obstáculos en el cambio de Gobierno

Por una parte, se intenta blindar al Banco Central para que el gobierno de turno no utilice sus fondos. Por otro, existen dudas respecto a la conformación de la Junta Monetaria.

Las condiciones no son ni de lejos las adecuadas para una reforma monetaria y el Gobierno Nacional está consciente de ello. A solo meses de que el presidente Lenín Moreno entregue el cargo, la Asamblea Nacional ya ha devuelto por dos ocasiones el proyecto de ley de urgencia económica, en medio de un proceso electoral que trajo más dudas que certezas. El país atraviesa un delicado momento político, entre las dudas al proceso y la puja política por llegar al poder.

A esto se suma la baja popularidad del presidente de la República y de su Gabinete. Mientras los candidatos para segunda vuelta denuncian un presunto fraude en las elecciones, Moreno se mantiene al margen y, desde Carondelet, mira cómo el Poder Legislativo da paso al enjuiciamiento político de su ministro de Salud, Juan Carlos Zevallos, acusado de incumplimiento de funciones en la compra de vacunas y plan de vacunación contra el COVID-19.

Resta en su contra la discrecionalidad con la que el Gobierno maneja los detalles del mencionado plan, sin revelar el cronograma de vacunación y sin obtener un número de vacunas comparable al de otros países sudamericanos.

Tampoco les favorece la renuncia del director del Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos (INEC), Diego Andrade, precisamente el día en que debían presentarse las cifras de empleo en Ecuador. Las cifras no se publicaron y para el 26 de febrero se anunció la postergación indefinida de la Encuesta Nacional Empleo, Desempleo y Subempleo (Enemdu).

Como si esto no fuera suficiente, la noche del viernes 19 de febrero, la mano derecha del presidente, el ahora ex secretario de Gabinete Juan Sebastián Roldán presentó su renuncia al cargo, sin dar detalles más allá de las “razones estrictamente personales”.

Estos factores, de la mano de una compleja situación sanitaria mundial y financiera nacional causados por la pandemia del COVID-19, son escenarios que impiden que el Gobierno pueda contar con el apoyo político y ciudadano, para realizar una reforma monetaria efectiva hasta la el 24 de mayo, día en que Moreno debe dar un paso al costado y entregar la Presidencia a un nuevo mandatario.

 

Un proyecto devuelto dos veces

El 10 de febrero, cuatro días después de la primera vuelta electoral, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) decidió no calificar y devolver al Ejecutivo el proyecto de Ley para Defensa de la Dolarización que reforma el Código Orgánico Monetario y Financiero (COMYF).  La decisión se tomó de forma unánime por los siete miembros del CAL, alegando que el proyecto no cumplía con los requisitos que establece la Constitución, conforme el artículo 136 que cita: Los proyectos de ley deberán referirse a una sola materia y serán presentados a la presidenta o presidente de la Asamblea Nacional con la suficiente exposición de motivos, el articulado que se proponga y la expresión clara de los artículos que con la nueva ley se derogarían o se reformarán”.

Con esto y considerando la coyuntura (en las condiciones ya detalladas), el ministro de Finanzas, Mauricio Pozo prefirió esperar una mejor fecha para volver a presentar el proyecto de Ley, según explicó, para evitar que se convierta en un instrumento de polémica electoral. “Tenemos que tratar que el proyecto genere la menor cantidad o posibilidad de elemento electoral, o de lucha política o de instrumento político para la actual elección”, agregó. “Los recursos del Banco Central no son propiedad de Gobierno o del Estado. Es plata de la gente que tiene depositado en los bancos, de los municipios, de las prefecturas, de la seguridad social, dijo.

Una vez el proyecto fue devuelto al Ejecutivo, de manera inmediata Finanzas corrigió la propuesta de articulado y estaba previsto su reenvío inmediato, pero Pozo cambió la jugada. Por varias semanas no hubo fecha de envío, pese a que el texto documento listo, y el 23 de febrero se remitió el articulado a la Asamblea Nacional, en medio de las protestas del movimiento indígena por los resultados del proceso electoral.

Apenas una semana después, el 1 de marzo, el CAL rechazó por segunda ocasión el proyecto de Ley, por considerarlo inconstitucional. La decisión se tomó con base en un informe de la Unidad Técnica Legislativa y con cuatro de siete votos a favor de no calificar el articulado. Según los miembros del CAL que votaron en contra del proyecto, como la legisladora Ana Belén Marín, el proyecto incluye 14 inconstitucionalidades. La asambleísta considera que no se debería quitar al Presidente de la República la potestad de elegir a los miembros de la Junta Monetaria.

 

¿Qué plantea el proyecto?

La denominada Ley de Defensa de la Dolarización es parte de los compromisos a los que llegó Ecuador dentro de un acuerdo financiero por USD 6.500 millones, de los cuales ya ha recibido USD 4.000 millones. El debate en torno al último documento remitido a la Asamblea Nacional se concentra, principalmente, entre otros, seis puntos:

 

  1. La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera pasará a ser la Junta de Política y Regulación Financiera (JPRF). Se plantea sea órgano independiente, encargado de emitir el marco regulatorio prudencial, al que deben sujetarse las entidades financieras, de valores y seguros, así como de formular políticas y expedir regulaciones que fomenten la inclusión financiera.
  2. Se propone que la Junta esté conformada conformados por 5 miembros que deben ser seleccionados y designados por Asamblea Nacional, con base en una terna enviada por el Ejecutivo.
  3. Un punto polémico, por el que se alega que con este articulado se podría “entregar el Banco Central a la banca privada”, es que, dentro de los requisitos para ser miembro de la Junta, se pide experiencia de por lo menos 10 años en funciones relevantes en el ámbito monetario o en el sistema financiero, de seguros o valores, o en organismos de regulación del sistema financiero.
  4. Establece la obligación de que el 100% de los depósitos del sistema financiero privado en manos del BCE estén cubiertos con activos de la reserva internacional, en activos líquidos, no con papeles entregados por el Gobierno.
  5. Prohíbe al BCE otorgar financiamiento al Gobierno Central o a cualquier otra entidad o comprar valores emitidos por el Estado.
  6. Establece que en ningún caso el Estado podrá obligar a una persona natural o jurídica de derecho privado a recibir moneda distinta del dólar.

 

El proyecto además determina que el Banco Central es una persona jurídica de derecho público, parte de la Función Ejecutiva, de duración indefinida, con régimen legal y naturaleza propia, con autonomía institucional, administrativa, presupuestaria y técnica. En sus funciones y atribuciones se regirá exclusivamente por la Constitución de la República, el Código Monetario Financiero, su estatuto, las regulaciones expedidas por el órgano de gobierno y los reglamentos internos. Es el único órgano competente para implementar el régimen monetario, conforme a lo que determine el Código Monetario Financiero.

El objetivo del Banco Central será fomentar y mantener un sistema monetario estable, coadyuvar a la estabilidad financiera y administrar su balance con el fin de preservar la integridad de la dolarización, incluyendo el funcionamiento seguro, sólido y eficiente de los sistemas y medios de pago.

 

Sobre la Junta de Política y Regulación Monetaria

Esta nueva Ley, crea la Junta de Política y Regulación Monetaria, como parte de la Función Ejecutiva, con autonomía administrativa, presupuestaria y operativa, y la fija como responsable de la formulación de la política y regulación financiera, de seguros y valores. Esta Junta estará formada por cinco miembros, nombrados por la Asamblea Nacional, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en virtud de la presente ley, del listado de cinco candidatos enviado por el presidente de la República, dos de los cuales serán miembros a tiempo completo y tres a tiempo parcial.

Sus funciones serían:

  • Emitir las regulaciones que permitan mantener la integralidad, solidez, sostenibilidad y estabilidad de los sistemas financiero nacional, de valores y seguros.
  • Expedir las regulaciones micro prudenciales para los sectores financiero, de seguros y de valores, con base en propuestas presentadas por las respectivas superintendencias, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia y sin perjuicio de su independencia.
  • Formular las políticas y expedir regulaciones que fomenten la inclusión financiera en el país, en coordinación con entidades del sector público y privado relacionadas con este ámbito.
  • Normar los criterios y protocolos para determinar la existencia de una crisis sistémica, en consulta con el ente rector de las finanzas públicas. En el evento de una crisis sistémica,
  • Junta deberá comunicar sobre el particular al presidente de la República y tendrá la competencia para adoptar las decisiones y dirigir las acciones que considere necesarias para afrontarla desde la perspectiva del sistema financiero, valores y seguros, a través de los organismos de control correspondientes.

 

Para ser miembro de la Junta se establecerían, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Ser ciudadano ecuatoriano, en pleno ejercicio de los derechos previstos en la Constitución.
  • Título profesional de cuarto nivel en economía, finanzas, derecho, administración o auditoría reconocido por la institución pública competente,
  • Experiencia de por lo menos 10 años en funciones relevantes en el ámbito monetario o en el sistema financiero, de seguros o valores, o en organismos de regulación del sistema financiero
  • No estar afiliado a movimiento o partido político alguno en los últimos 12 meses.
  • No estar en conflicto de intereses determinados por la Ley.
  • No haber sido propietario en los últimos 12 meses anteriores a la designación, miembro del directorio, del consejo de administración, o representante legal de las entidades del sector financiero privado, popular o solitario, de seguros, o en participantes del mercado de valores excepto emisiones.
  • No haber sido miembros de directorio o representante legal de entidades del sistema financiero y sus vinculadas que hayan entrado en proceso de liquidación forzosa durante su gestión.
  • No encontrarse en interdicción civil. ni ser deudor al que se siga proceso de concurso de acreedores, y no hallarse en estado de insolvencia declarada judicialmente.

 

El futuro del proyecto

El ministro de Finanzas, Mauricio Pozo, tras conocer el nuevo rechazo del Consejo de Administración Legislativa (CAL), afirmó que remitirán a la Asamblea el proyecto de reforma “las veces que sean necesarias”. A los miembros del CAL les responde revisar el cumplimiento formal de requisitos de los proyectos remitidos por el Ejecutivo, mientras que al Pleno de la Asamblea le correspondería aprobar o archivar los mismos en función de su constitucionalidad, por ejemplo.

De cara a las próximas semanas, se espera la remisión de un nuevo proyecto. La Asamblea tendría treinta días para tratarlo, de conformidad con el procedimiento legislativo vigente. Cabe recordar que, por su carácter de urgencia en materia económica, el proyecto incluso podría entrar en vigor por fuerza de ley si el Parlamento no logra tramitarlo en el plazo previsto.


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